Delito de abigeato

Publicado por Dra. Cecilia Eguiluz en

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En el día de hoy en la Comisión de Constitución y Legislación del Senado de la República votamos las modificaciones de los artículos 258, 259 y 259 bis del Código Rural esto es el Delito de Abigeato.

Este proyecto surge de la necesidad de adecuar las normas existentes y hacer más duras las penas a éste delito, la iniciativa partió de los productores de todo el país planteada desde hace un tiempo.

En enero de este año la iniciativa del Poder Ejecutivo comenzó a ser estudiada en la Cámara de Diputados, donde pudimos seguir de cerca el tema que obtuvo media sanción pasando a la Cámara de Senadores.

Desde hace varias semanas se viene tratando en esta Cámara donde se recibió además a los Ministros de Ganadería, Aguerre y del Interior, Bonomi con sus técnicos quienes plantearon las visiones de esas carteras. En el día de hoy se votó artículo por artículo el proyecto que finalmente mañana será aprobado en la sesión del Senado finalizando así su trámite legislativo. Durante todo este tiempo hemos estado en contacto con las gremiales de Salto quienes nos han asesorado y con quienes hemos intercambiado ya que para esos sectores es fundamental que esta norma entre en vigencia rápidamente.

En definitiva esta nueva norma hace más severas las sanciones al Delito, aplicando una pena de 2 a 8 años, distinguiendo quienes lo hacen con fines de lucro y abarcando a dos o más involucradas antes, durante o después de la comisión del Delito. También se dispone el decomiso y remate de todos los elementos que directa o indirectamente fueren empleados en la comisión de los delitos de los arts. 258 y 259.

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